Requisitos y procedimientos para afiliarse y desafiliarse

Actualizado: 10 de diciembre 2019

Desde su nacimiento en la década de los ochenta la Unión Demócrata Independiente ha logrado un permanente y destacado aumento de seguidores, llegando a convertirse en el partido político más grande del país. Actualmente más de 100 mil personas son parte de este gran proyecto creado por Jaime Guzmán.

Gracias al trabajo de miles de hombres y mujeres la UDI popular ha logrado llegar a todo el país, con la esperanza de juntos construir el Chile que queremos, con más justicia, más igualdad y promesas concretas de un futuro mejor.

Requisitos de Afiliación

Para incorporarse a nuestra coletividad, debe cumplir con los siguientes requisitos:

1. Estar inscrito en los Registros Electorales.

2. No ser militante de ningún otro partido.

3. Tener un patrocinantes (con a lo menos dos años de afiliacion al partido)

Procedimiento segun los “Estatuos” de la Unión Demócrata Independiente, Titulo I, Articulos 2 – 3 – 4

ARTÍCULO 2º.- La persona que desee ingresar a Unión Demócrata Independiente deberá presentar una solicitud de afiliación a la Directiva Regional correspondiente al lugar de su domicilio electoral. La solicitud deberá ser patrocinada por un afiliado que tenga a lo menos dos años de afiliación al partido.

La Directiva Regional se reunirá dentro del mes calendario siguiente a la presentación de la respectiva solicitud, para pronunciarse de manera fundada sobre todas las solicitudes de afiliación pendientes de resolución hasta esa fecha. La aceptación o rechazo de la solicitud de afiliación deberá ser comunicada por escrito al interesado.

ARTÍCULO 3º.- Si la solicitud fuere aceptada, el secretario de la Directiva Regional procederá a inscribirlo en el Registro correspondiente de afiliados y enviará los antecedentes al Secretario General del partido, para que éste proceda de inmediato a inscribirlo en el Registro Nacional de Afiliados e informe al Servicio Electoral para que incluya al nuevo miembro del partido en el Registro de Afiliados que obra en poder de dicho organismo.

El Registro Nacional de Afiliados será ordenado por Regiones y el solicitante tendrá la calidad de miembro del partido desde la fecha de su solicitud de afiliación.

ARTÍCULO 4º.- Si la solicitud fuera rechazada, el interesado podrá recurrir ante el Tribunal Regional, en el lapso de 5 días hábiles desde su notificación, para que se pronuncie sobre dicha solicitud. Si algún afiliado decide recurrir contra la aceptación de un solicitante, tendrá el mismo plazo para recurrir de esta decisión.

El fallo del Tribunal Regional será apelable dentro del plazo de cinco días hábiles desde su notificación, ante el Tribunal Supremo del partido, quien se pronunciara al respecto conforme a los plazos y tiempos determinados en el artículo 19 de la ley.

Procedimientos de desafiliación

Debe presentar fotocopia del carnet de identidad por ambos lados y una carta dirigida al presidente del partido, en la sede de la UDI, ubicada en suecia #286 Providencia.

La carta no necesariamente debe tener el motivo de la renuncia solo indicar el nombre de la persona, dirección y firma, indicando que renuncia al partido.

El procedimiento también puede ser realizado ante el Servel, para mayor información ingrese al siguiente enlace: https://www.servel.cl/renuncia-a-partido-politico/